Recurso de amparo ce

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En el caso HMRC v GMAC (UK) Plc [2016] EWCA Civ 1015, el Tribunal de Apelación ha declarado que la legislación del Reino Unido, que prohibía las reclamaciones de exención de deudas incobrables a menos que el deudor fuera insolvente y la propiedad de los bienes hubiera pasado, era incompatible con el derecho de la UE.

El recurrente compraba coches a concesionarios independientes (que habían acordado ventas con los clientes) y los vendía en virtud de contratos de venta a plazos.    En febrero de 2006, la recurrente presentó una solicitud de condonación de deudas incobrables a HMRC en relación con las entregas realizadas en virtud de los contratos de compraventa a plazos celebrados antes del 20 de marzo de 1997.

El artículo 11C, apartado 1, de la Sexta Directiva 77/388/CEE del Consejo (actualmente artículo 90 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo), establecía que, en caso de anulación, de rechazo o de impago total o parcial de la contraprestación, o cuando el precio se reduzca después de la entrega, la base imponible se reducirá en las condiciones que determine el Estado miembro.    En caso de impago total o parcial, los Estados miembros pueden establecer excepciones a esta norma.

El Reino Unido aplicó el apartado 1 del artículo 11C mediante un régimen de desgravación de deudas incobrables que permitía a una persona que había contabilizado el impuesto repercutido en una entrega solicitar la devolución del IVA en la medida en que no se había pagado la contraprestación de la entrega (el antiguo régimen).    Había condiciones que establecían que la propiedad de los bienes entregados debía haber pasado del reclamante (la condición de propiedad) y el deudor debía ser insolvente (la condición de insolvencia).

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Se ha denegado la autorización para apelar en este caso, en el que la cuestión era si se requiere una alegación de deshonestidad totalmente particularizada en un pliego de cargos cuando la HMRC alega el conocimiento por parte de un contribuyente de un fraude en el IVA a efectos de denegar las deducciones del impuesto soportado de acuerdo con el test de Kittel.

La HMRC alega que tanto el Citibank como E Buyer participaron en fraudes de falta de comercio. En sus alegaciones, la HMRC alegó que existía un plan global que incluía una serie de transacciones orquestadas y artificiosas para defraudar a la HMRC; las transacciones de los recurrentes formaban parte de ese plan global; y éstos sabían o deberían haber sabido que así era. Los recurrentes recurrieron la negativa de la HMRC a permitir que los recurrentes dedujeran el impuesto soportado en relación con las transacciones pertinentes. En el caso de Citi, el First-tier Tribunal dictaminó que la alegación de conocimiento real de un fraude de operador desaparecido requería una alegación de deshonestidad. En el caso de E Buyer, el First-tier Tribunal rechazó el argumento de E Buyer de que las alegaciones en su contra equivalían a una alegación de deshonestidad y que se requerían más detalles de la supuesta deshonestidad. El Upper Tribunal confirmó la decisión en el caso de Citi y revocó la decisión en el caso de E Buyer, ordenando que se diera la información estándar del CPR. En la apelación, el Tribunal de Apelación revocó la decisión del Tribunal Superior.

Ley de Prescripción de 1963 (Parte-1)

El Comité Asesor de las Reglas de Práctica y Procedimientos Operativos Internos del Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Noveno Circuito fue nombrado por el tribunal en 1984, de conformidad con el 28 U.S.C. § 2077. El comité primero emprendió una importante reestructuración de las Reglas del Noveno Circuito con el objetivo de actualizar las reglas para reflejar la práctica actual, poniendo las reglas en un formato y estilo más simple, y renumerando las reglas para ajustarse a la secuencia de numeración de las Reglas Federales de Procedimiento de Apelación. El objetivo de este proyecto era producir un conjunto de reglas más legible y fácil de entender en forma de manual. El manual contiene las Reglas Federales de Procedimiento de Apelación, las Reglas del Noveno Circuito y, después de ciertas reglas, las Notas del Comité Asesor del Circuito. El papel del comité en la asistencia al Tribunal se define con más detalle en la R. 47-2 del 9º Circuito.

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Entre los abogados que forman parte del comité se encuentran la profesora Jennifer Chacón, Davina T. Chen, Xiomara Costello, Kari Hong, Elizabeth Olson White, la profesora Elizabeth Porter, Harini P. Raghupathi, Mary-Christine Sungaila, Martha Sheehy y Todd D. True. El comité está presidido por la profesora Jennifer Chacón.

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La apelación de una sentencia en un caso penal federal es una solicitud de la parte perdedora para que el Tribunal Federal de Apelaciones o el Tribunal Supremo de Estados Unidos revisen las decisiones tomadas en el tribunal de distrito. Muchas de las cuestiones que se plantean en la apelación se refieren a la forma en que el juez del tribunal de distrito gestionó un juicio o una declaración de culpabilidad, o dictó sentencia. Las cuestiones suelen ser técnicas y no suelen cuestionar la culpabilidad del acusado, sino los procedimientos utilizados en el proceso judicial y la aplicación de la ley pertinente. Por ejemplo, se puede cuestionar si el juez debería haber permitido o no la presentación de determinadas pruebas, si dio instrucciones inadecuadas al jurado o si se aplicaron los criterios de sentencia adecuados.

Las apelaciones del gobierno están limitadas por la Constitución de los Estados Unidos. La cláusula de “doble incriminación” de la 5ª Enmienda protege contra el enjuiciamiento múltiple por el mismo delito. Por lo tanto, si el acusado es absuelto, el gobierno no puede apelar.

Sin embargo, hay casos limitados en los que el gobierno puede apelar. El gobierno puede apelar las resoluciones judiciales que conceden a un acusado un alivio posterior a la condena (por ejemplo, la revocación de una condena). También puede apelar las decisiones del tribunal de distrito sobre ciertas mociones previas al juicio (por ejemplo, la supresión de pruebas y las cuestiones relativas a la sentencia).