El código penal sueco
8En este punto podríamos empezar a contemplar sobre la pirámide hermenéutica y cuestiones similares; sin embargo, es evidente para cualquiera que se haya asimilado a este proceso hermenéutico que al final todo se reduce a lo que inicialmente llamamos sentido de la justicia.
12El Sr. d’Almeida también intenta abrir la cuestión epistemológica de si la adjudicación imparcial es incluso posible en un procedimiento que no es totalmente contradictorio. En el libro, esta cuestión se examina con bastante detenimiento precisamente desde la perspectiva epistemológica. La posición adoptada es que la noción de imparcialidad consta de dos elementos principales. El primero, mencionado tangencialmente por el Sr. d’Almeida, es la pasividad de quien se encarga de emitir el veredicto. El segundo elemento, denominado “ambivalencia activa del juez”, es, sin embargo, un subproducto aún mayor del proceso de juzgamiento adversarial.
17El segundo punto que hace que el procedimiento adversarial sea imparcial es la propia interacción dialéctica entre la tesis y la antítesis, y por tanto entre la acusación y la defensa. Sin embargo, lo esencial no es la dialéctica, sino su efecto secundario. Un juzgador pasivo de un caso (el jurado, los jueces) está, siguiendo esta dinámica, convencido en un punto por la tesis y en otro por la antítesis. Dado que la imparcialidad significa que los canales de información de ambas partes no se cortan, es la ambivalencia activa del jurado o del juez la que aumenta la probabilidad de que el que dicta la sentencia perciba cada carga de la prueba en contraste con la carga de la prueba opuesta. Lo esencial aquí es comprender que la sentencia final representa la decisión del juzgador, pero nunca es imparcial. Por el contrario, la finalidad de la adjudicación y la sentencia es dar la razón a una u otra parte. En consecuencia, la cosa juzgada es, por su propia naturaleza, parcial.
Qué es la ley
7En otras palabras, aunque admitamos la existencia del papel que juegan los principios en el derecho, bien podría ser que, por la propia cuestión de los principios, el derecho penal tuviera que configurarse exclusivamente sobre leyes claras y precisas con el fin de evitar la forma en que se regulaban las conductas en el derecho penal premoderno.8
8Como señala MacCormick (1978: 57 y ss.), en el Estado moderno la legislación es, por excelencia, un proceso mediante el cual se producen normas válidas, es decir, normas que los ciudadanos deben acatar y que los jueces deben utilizar para justificar sus decisiones. Para que la legislación cumpla su función y establezca un marco normativo básico (es decir, las “reglas del juego” de una determinada comunidad), es fundamental que dichas normas posean autoridad y es habitual asumir que esta característica normativa deriva de la autoridad política del legislador. La autoridad del legislador, por su parte, se manifiesta en su capacidad para modificar voluntariamente el estatus deóntico de las acciones. A diferencia de la dimensión moral, uno de los rasgos característicos del derecho es precisamente que sus normas pueden ser modificadas deliberadamente por las autoridades. En definitiva, el legislador, al decir que algo es obligatorio o está permitido, altera el estatus normativo de las conductas.9
Diferentes delitos
El debate tradicional sobre la definición de delito no se ha basado en el contexto de las imágenes más fundamentales del delito que guían los trabajos criminológicos. Antes de la época actual, los juristas han intentado definir el término “delito”.
Sin embargo, ha habido repetidos intentos de ir más allá de este estrecho confín, por lo que, según JWC Turner, postuló que “la definición de delito siempre se ha considerado una cuestión de gran dificultad”
El carácter problemático que rodea a la definición de delito en el derecho inglés tiene la misma fuerza en el nigeriano. Esto no puede ser de otra manera, en vista de la afiliación colonial entre el derecho común inglés y el derecho nigeriano. El derecho nigeriano del delito ha heredado, por tanto, el concepto de delito del derecho inglés, así como su compleja naturaleza.
Ver también Conversión (Law of Tort) NGPara hacer justicia a esta pertinente cuestión, varios diccionarios han intentado igualmente definir la palabra “crimen” así, el diccionario Osborne la define como: “un acto o conducta perjudicial para la comunidad, cuya comisión por ley hace que la persona responsable pueda ser castigada con multa ii prisión en un procedimiento especial..”
Derecho civil
En todo el mundo existe la noción de que actos como el asesinato, la violación y el robo deben estar prohibidos[5]. Lo que es precisamente un delito penal lo define el derecho penal de cada jurisdicción pertinente. Mientras que muchas tienen un catálogo de delitos llamado código penal, en algunas naciones de derecho consuetudinario no existe un estatuto tan completo.
El Estado (gobierno) tiene el poder de restringir severamente la libertad de una persona por cometer un delito. En las sociedades modernas, existen procedimientos a los que deben atenerse las investigaciones y los juicios. Si se le declara culpable, el delincuente puede ser condenado a una forma de reparación, como una sentencia comunitaria, o, dependiendo de la naturaleza de su delito, a sufrir prisión, cadena perpetua o, en algunas jurisdicciones, la muerte. Algunas jurisdicciones sentencian a los individuos a programas para enfatizar o proveer su rehabilitación mientras que la mayoría de las jurisdicciones sentencian a los individuos con el objetivo de castigarlos o una mezcla de las prácticas antes mencionadas[cita requerida].
Si bien todos los delitos violan la ley, no todas las violaciones de la ley cuentan como delito. Los incumplimientos del derecho privado (agravios e incumplimientos de contrato) no son castigados automáticamente por el Estado, pero pueden hacerse valer a través del procedimiento civil.