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Una lectura combinada del Art. 7(1), 7(2) y 7(5) sugiere que el derecho al silencio, tal como se incorpora en la Directiva, es bastante fuerte, ya que el ejercicio del derecho al silencio no puede dar lugar a inferencias negativas. El art. 7(5)28 detalla explícitamente el hecho de que una persona sospechosa o acusada que ejerza su derecho al silencio no puede ser utilizada en su contra y no debe ser considerada como prueba.29 Sin embargo, varios artículos de la Directiva parecen socavar en cierta medida la fuerza del derecho al silencio. El art. 7(4) otorga a los Estados miembros la facultad de permitir a las autoridades judiciales tener en cuenta el comportamiento cooperativo del acusado a la hora de dictar sentencia y, por tanto, desalienta potencialmente a los sospechosos de invocar el derecho al silencio. Esto – en combinación con el considerando 28, con su referencia a “en sí mismo “30 y la ausencia de una norma de exclusión fuerte – parece permitir cierta flexibilidad por parte de los Estados miembros.
Por último, el texto final modificó la redacción de la norma de exclusión34 prevista para las infracciones del derecho al silencio. El art. El apartado 2 del artículo 10 de la Directiva exige ahora que se respete la equidad del procedimiento y los derechos de la defensa, lo que es menos estricto que una norma de exclusión absoluta. Es cierto que la jurisprudencia del TEDH tampoco llega a establecer una norma de exclusión absoluta para las violaciones del derecho al silencio.
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Los delitos pueden cometerse en todos los entornos y a todos los niveles: el deporte juvenil, las actividades y ligas recreativas, la competición amateur y las filas profesionales. Los delitos pueden ser cometidos por entrenadores, aficionados, padres, agentes, árbitros y otros. El estudio del derecho penal y su relación con el deporte es bastante amplio, por lo que establecer un esquema sólido antes de impartir esta sección de cualquier curso de estudios deportivos es vital.
Es muy importante que el instructor, desde el principio, compare y contraste las similitudes entre el derecho penal y el derecho civil (es decir, el derecho de daños). En el derecho de daños, un demandante particular puede demandar a un acusado por una agresión o un golpe, mientras que el mismo acusado puede ser acusado por el gobierno (es decir, el Estado) por agresión o golpe criminal. Para cada presunta falta penal, el Estado debe probar que se produjo un acto (actus reus) que violó una ley federal o estatal y que el acusado tenía la intención de cometer dicho acto (mens rea). La oficina del fiscal del distrito determina cuándo procesar por mala conducta criminal basándose en las pruebas del caso y en la voluntad de la víctima de presentar cargos (New York Times, 2007).
Caso del Tribunal Penal
El ne bis in idem es un principio de derecho penal según el cual una persona no puede ser castigada y sometida a varios procedimientos dos veces por los mismos hechos. En términos sencillos, el principio persigue evitar la doble persecución y el doble castigo.
Como podemos ver, hay dos dimensiones del ne bis in idem. Por un lado, podemos encontrar la llamada fase objetiva o sustantiva, es decir, una persona no puede ser juzgada y castigada dos veces por los mismos hechos. Por otro lado, está el aspecto procesal, que persigue evitar que una persona sea sometida a varios procedimientos por los mismos hechos.
En el derecho de la competencia, este principio puede ser aplicable cuando coexisten el enjuiciamiento penal y el administrativo (casos de cártel). De hecho, la mayor parte de las autoridades encargadas de la persecución, investigación y sanción de las conductas anticompetitivas son órganos administrativos y no fiscales o jueces penales, salvo en los casos de cárteles en los que existe cierta intersección entre ambas instituciones. El problema surge del hecho de que las autoridades administrativas y penales pueden perseguir, investigar y, eventualmente, decidir sobre los mismos hechos o las mismas personas. Por ello, como expresión de los procedimientos de derecho administrativo, deben aplicarse los principios del derecho penal -siendo uno de ellos el ne bis in idem- para establecer estas responsabilidades.
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Un caso civil implica una disputa entre dos personas, o partes, sobre un asunto determinado. Una parte demanda a la otra, y el jurado determina la responsabilidad y la cuantía de los daños. El tribunal puede ordenar a la parte declarada culpable que pague dinero a la parte perjudicada o que cumpla una obligación, como el cumplimiento de un contrato.
Como lo que está en juego es mucho más importante para un acusado en un caso penal que entre dos partes en un caso civil, el sistema judicial también incluye salvaguardias para proteger los derechos del acusado. Entre ellas está la presunción de inocencia, es decir, que la persona es inocente hasta que se demuestre su culpabilidad. En lugar de que el acusado tenga que demostrar su inocencia, la fiscalía debe demostrar la culpabilidad del acusado más allá de toda duda razonable.
Los acusados en casos penales tienen otros derechos garantizados por la Constitución. Entre ellos, el derecho a un abogado, ya sea contratado de forma privada o designado por el tribunal; el derecho a no ser obligado a incriminarse, el derecho a obligar a los testigos a declarar en su defensa y el derecho a enfrentarse mediante un interrogatorio a los testigos que declaren en su contra.