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Código penal svenska
ARTÍCULO 1- (1) El objeto del Código Penal es proteger los derechos y la libertad individuales, el orden y la seguridad públicos, el estado de la justicia, la salud pública y el medio ambiente, y la paz comunitaria, así como desalentar la comisión de delitos. Esta Ley define los principios básicos de la responsabilidad penal y los tipos de delitos, las penas y las precauciones de seguridad que deben tomarse al respecto.
ARTÍCULO 2- (1) Una persona no puede ser castigada ni se le puede imponer una sentencia cautelar por un acto que no constituya explícitamente un delito dentro de la definición de la Ley. Además, no se permite la aplicación de castigos y precauciones de seguridad además de los estipulados en esta Ley.
(3) Se prohíbe la aplicación de las disposiciones de las leyes relativas a los delitos y las penas por analogía. Las disposiciones relativas a los delitos y las penas no pueden interpretarse de manera que conduzcan a la analogía.
(2) No se puede discriminar entre las personas en lo que respecta a la raza, el idioma, la religión, las sectas, la nacionalidad, el color, el sexo, las tendencias políticas, etc., ni se puede someter a una persona a un trato especial y diferente ante las leyes y los tribunales.
En Suecia, está prohibido por ley ser un criminal
Artículo 1. La presente ley se formula de conformidad con la Constitución y a la luz de la experiencia concreta de China en la lucha contra la delincuencia y de la realidad del país, con el fin de castigar el delito y proteger al pueblo.
Artículo 2. Las tareas de la Ley Penal de la RPC son utilizar la lucha punitiva contra todos los actos delictivos para defender la seguridad nacional, el poder político de la dictadura democrática del pueblo y el sistema socialista; proteger la propiedad estatal y la propiedad colectiva de las masas trabajadoras; proteger la propiedad privada de los ciudadanos; proteger el derecho de la persona, los derechos democráticos y otros derechos de los ciudadanos; mantener el orden social y económico; y salvaguardar el buen progreso de la causa de la construcción socialista.
Artículo 3. Todo acto que la ley considere explícitamente como delito será condenado y castigado por la ley, y todo acto que la ley no considere explícitamente como delito no será condenado ni castigado.
Código penal sueco
Capítulo C-25.1Código de Procedimiento PenalCódigo de Procedimiento Penal12Diciembre 18 198710Octubre 011 1990Capítulo I DISPOSICIONES GENERALESDIVISIÓN IDISPOSICIONES INTRODUCTORIAS1. Este Código se aplica con respecto a los procedimientos con vistas a imponer una sanción penal por una infracción en virtud de cualquier Ley, excepto los procedimientos iniciados ante un órgano disciplinario.
2012, c. 25, s. 41.2.2. En la aplicación de este Código, siempre que sea posible, se deben utilizar los medios tecnológicos apropiados que estén a disposición tanto de las partes como del tribunal, teniendo en cuenta el entorno tecnológico existente para apoyar la actividad de los tribunales.Con sujeción al artículo 61, el juez puede utilizar dichos medios o, si el interés de la justicia lo requiere, ordenar que las partes utilicen dichos medios, incluso por iniciativa propia, incluso para la gestión del caso, para celebrar audiencias o para enviar y recibir documentos en un soporte distinto del papel.El juez debe, antes de ordenar que se utilicen dichos medios, dar a las partes la oportunidad de presentar observaciones.
Leyes suecas en inglés
Nada de lo dispuesto en esta sección se interpretará como una intención por parte del Congreso de impedir que cualquier Estado, cualquier posesión o mancomunidad de los Estados Unidos, o el Distrito de Columbia, ejerzan jurisdicción sobre cualquier delito sobre el que tendrían jurisdicción en ausencia de esta sección, ni nada de esta sección se interpretará como una privación de la responsabilidad de las autoridades estatales y locales encargadas de hacer cumplir la ley en el enjuiciamiento de los actos que pueden ser violaciones de esta sección y que son violaciones de la ley estatal y local. Los Estados Unidos no emprenderán el procesamiento de ningún delito descrito en esta sección, salvo que el Fiscal General, el Fiscal General Adjunto, el Fiscal General Adjunto o cualquier Fiscal General Adjunto especialmente designado por el Fiscal General certifiquen por escrito que, a su juicio, el procesamiento por parte de los Estados Unidos es de interés público y necesario para garantizar una justicia sustancial, función de certificación que no puede delegarse.