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En Suecia, la ley prohíbe ser delincuente
Sin embargo, la Ley de Derechos Humanos hace una excepción para los actos que eran “contrarios al derecho general de las naciones civilizadas” en el momento en que se cometieron. Fue este tipo de disposición la que permitió perseguir los crímenes de guerra y los crímenes contra la humanidad tras la Segunda Guerra Mundial.
1. Nadie podrá ser condenado por una acción o una omisión que, en el momento de cometerse, no constituya una infracción según el derecho nacional. Tampoco se impondrá una pena más grave que la aplicable en el momento en que se cometió la infracción penal.
2. El presente artículo no impedirá que se juzgue y castigue a una persona por una acción u omisión que, en el momento de cometerse, fuera delictiva según los principios generales del derecho reconocidos por las naciones civilizadas.
La Cámara de los Lores no estuvo de acuerdo. Sostuvo que las normas de derechos humanos sólo se infringirían si una sentencia superara la pena máxima disponible en virtud de la legislación vigente en el momento en que se cometió el delito. Este no era el caso aquí porque, incluso en la fecha de los delitos, la pena máxima por violación era la cadena perpetua. La intención del derecho a no ser castigado sin ley no es castigar a un delincuente exactamente igual que en el momento de cometer el delito. Simplemente garantiza que no se castigue a una persona con más dureza que la pena máxima aplicable en el momento del delito. En este caso, la imposición de las condiciones de la licencia no hizo que la sentencia fuera más pesada de lo que habría sido con el régimen anterior.
Leyes suecas en inglés
La Carta de Derechos de Canadá incluye una serie de derechos sustantivos similares a los del artículo 11, pero no todos se limitan expresamente a las personas “acusadas de un delito”. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, vinculante para Canadá, también recoge derechos similares relacionados con el proceso penal (principalmente en los artículos 14 y 15), también con la misma advertencia.
Para ver los comentarios sobre la finalidad de los distintos derechos del artículo 11, véanse las entradas individuales del artículo 11 correspondientes a esos derechos. La jurisprudencia del Tribunal Supremo explica la finalidad del artículo 11, en general, como la protección de los intereses de la libertad y la seguridad de las personas acusadas de delitos, al tiempo que señala que no es la única fuente de dicha protección en virtud de la Carta (R. c. Kalanj, [1989] 1 S.C.R. 1594). Con respecto a las palabras iniciales del artículo 11, “acusado de un delito”, el Tribunal Supremo ha adoptado un enfoque interpretativo que trata de “armonizar en la medida de lo posible” todas las secciones del artículo 11 (véase R. v. Potvin, [1993] 2 S.C.R. 880, página 908 y R. v. MacDougall, [1998] 3 S.C.R. 45, párrafo 11).
Código penal svenska
ARTÍCULO 2. Aplicación de sus disposiciones. – 1. Salvo lo dispuesto en los tratados y leyes de aplicación preferente, las disposiciones de este Código se aplicarán no sólo dentro del Archipiélago de Filipinas, incluyendo su atmósfera, sus aguas interiores y su zona marítima, sino también fuera de su jurisdicción, contra quienes:
2. Por cualquier persona que realice un acto que constituya un delito contra las personas o los bienes, si no fuera por la imposibilidad inherente de su realización o por el empleo de medios inadecuados o ineficaces.
ARTÍCULO 5. Deber del tribunal en relación con actos que deben ser reprimidos pero que no están contemplados en la ley, y en casos de penas excesivas. – Cuando un tribunal tenga conocimiento de algún acto que considere oportuno reprimir y que no esté penado por la ley, dictará la resolución correspondiente e informará al Jefe del Ejecutivo, a través del Departamento de Justicia, de las razones que le inducen a creer que dicho acto debe ser objeto de legislación penal.
Código penal sueco
(1) El artículo 7 y los artículos 9 a 12 de la Ley de Protección de los Denunciantes, etc. de Delitos Específicos se aplicarán mutatis mutandis a la investigación y a los procedimientos penales en el caso de que existan razones justificadas de que el denunciante de interés público, etc., sus familiares o sus convivientes hayan sufrido o puedan sufrir daños a causa de la denuncia de interés público, etc.
(1) Ninguna persona que conozca el hecho de que alguien es un denunciante de interés público, etc., podrá decir, revelar o dar a conocer a terceros información personal relativa al denunciante de interés público, etc., u otros hechos que permitan inferir la identidad del denunciante de interés público, etc. No obstante, esta disposición no se aplicará siempre que el denunciante de interés público, etc., dé su consentimiento a la revelación de dicha información.
(2) La Comisión podrá solicitar a un funcionario disciplinario competente que adopte medidas disciplinarias contra una persona que haya contado, revelado o dado a conocer a terceros información personal relativa al denunciante de interés público, etc., u otros hechos que permitan deducir la identidad del denunciante de interés público, etc., en violación del apartado 1.