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Juicio a la jurisdicción universal internacional
En el contexto del intercambio preliminar de opiniones de la Sexta Comisión de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la jurisdicción universal, Human Rights Watch cree que es importante transmitir algunos puntos sobre el concepto de jurisdicción universal.
La jurisdicción universal es la capacidad de los sistemas judiciales internos de un Estado para investigar y perseguir determinados delitos, aunque no hayan sido cometidos en su territorio, por uno de sus nacionales o contra uno de sus nacionales (es decir, un delito que va más allá de otras bases de jurisdicción, como la territorialidad o la personalidad activa/pasiva).
Algunos afirman que se está “abusando” del concepto de jurisdicción universal. Ciertamente, se pueden presentar denuncias que tienen como objetivo causar una vergüenza política cuando no hay pruebas suficientes para presentar un caso. Sin embargo, es necesario recordar que:
A raíz de las órdenes de detención contra los dirigentes del Frente Patriótico Ruandés, algunos han argumentado que la jurisdicción universal es una herramienta utilizada injustamente contra los africanos. Anteriormente, otros denunciaron que la jurisdicción universal era un medio para promover objetivos políticos contra el Estado de Israel o Estados Unidos. También en este caso, es importante tener en cuenta los hechos:
Crímenes contra la humanidad
El término “jurisdicción universal” se refiere a la idea de que un tribunal nacional puede procesar a individuos por crímenes graves contra el derecho internacional -como los crímenes contra la humanidad, los crímenes de guerra, el genocidio y la tortura- basándose en el principio de que dichos crímenes perjudican a la comunidad internacional o al propio orden internacional, que los Estados individuales pueden actuar para proteger. Por lo general, la jurisdicción universal se invoca cuando no se dispone de otros fundamentos tradicionales de jurisdicción penal, por ejemplo: el acusado no es nacional del Estado, el acusado no ha cometido un delito en el territorio de ese Estado o contra sus nacionales, o los propios intereses nacionales del Estado no se ven afectados negativamente.
Los tribunales nacionales pueden ejercer la jurisdicción universal cuando el Estado ha adoptado una legislación que reconoce los delitos pertinentes y autoriza su enjuiciamiento. En ocasiones, esta legislación nacional viene impuesta por acuerdos internacionales, como la Convención contra la Tortura y la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, que exigen a los Estados parte que adopten las leyes necesarias para procesar o extraditar a cualquier persona acusada de tortura que se encuentre dentro de la jurisdicción territorial del Estado parte.
¿Están los Estados autorizados a adoptar una legislación interna que contemple la jurisdicción universal?
El principio de jurisdicción universal establece la jurisdicción de un Estado sobre los crímenes contra el derecho internacional, incluso cuando los crímenes no se produjeron en el territorio de ese Estado, y ni la víctima ni el autor son nacionales de ese Estado. El principio permite a los tribunales nacionales de terceros países ocuparse de los crímenes internacionales ocurridos en el extranjero, exigir responsabilidades penales a los autores y evitar la impunidad.
Entre 2017 y 2020, las fuerzas de seguridad chechenas detuvieron, encarcelaron y torturaron a más de 150 personas. La mayoría eran hombres homosexuales o bisexuales. La cuestión de fondo es que, según el gobierno, estos hombres no se corresponden con la imagen heterosexual de la masculinidad en Chechenia. En consecuencia, son perseguidos sistemáticamente.
En junio de 2020, la policía alemana detuvo a Alaa M, que desde entonces está detenido a la espera de juicio. El motivo: fuertes sospechas de complicidad en crímenes contra la humanidad cometidos por el régimen sirio desde 2011. Aproximadamente un año después de su detención, la Fiscalía Federal anunció que había presentado cargos contra M, un antiguo médico sirio que supuestamente torturó, mató y abusó sexualmente de personas en hospitales militares.
La jurisdicción del derecho internacional
Entre 2011 y 2017, la catástrofe humanitaria de Siria se ha cobrado la vida de unos 475.000 seres humanos. Más de 106.000 personas han desaparecido o han sido detenidas y millones han buscado refugio, sobre todo en países vecinos como Turquía, pero también en países europeos como Alemania y Suecia.2 A lo largo de esta crisis inasumible, varios actores estatales y no estatales han cometido actos atroces. Aunque el Estado Islámico (ISIS) haya recibido la mayor parte de la atención de los medios de comunicación, las fuerzas gubernamentales oficiales también han desempeñado su parte. Según los informes, las fuerzas gubernamentales han torturado y maltratado a los detenidos (a veces hasta la muerte). Han utilizado armas prohibidas, por ejemplo, armas químicas, en ataques generalizados y sistemáticos, y han abusado del derecho internacional humanitario al bloquear ilegalmente la ayuda humanitaria.3 Además, civiles inocentes han sufrido la ira y la inhumanidad de actores no estatales como el ISIS y la antigua filial de Al Qaeda, Jabhat al Nusra. Según los informes, ambas organizaciones han violado varias normas humanitarias internacionales, entre otras cosas, al atacar sistemáticamente a los civiles con secuestros y ejecuciones, reclutar niños soldados, desplegar armas químicas y esclavizar sexualmente a mujeres y niñas. Como si estas atrocidades