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Ejemplo de robo consumado
Según el TS, el apoderamiento ilícito se considera consumado desde el momento en que el delincuente se apodera de la cosa, aunque no tenga oportunidad de disponer de ella. El apoderamiento ilícito, que es la privación de los bienes personales, es el elemento que produce el delito en su fase consumada. Al mismo tiempo, sin el apoderamiento ilícito como acto de ejecución, el delito sólo podría ser un robo en grado de tentativa, si es que lo es. Así, según el artículo 308 del Código Penal Revisado, el robo no puede tener una fase frustrada. El robo sólo puede ser en grado de tentativa o consumado.
En ese caso, los acusados fueron vistos fuera del Super Sale Club, un supermercado en SM-North EDSA, por un guardia de seguridad que estaba en ese momento ocupando su puesto en la zona de aparcamiento abierta. Los acusados consiguieron sacar la mercancía del supermercado y subieron a un taxi en la zona de aparcamiento abierta. Fueron detenidos antes de salir del aparcamiento. Los acusados fueron condenados por el tribunal de primera instancia con el delito de robo consumado, pero argumentaron que sólo debían ser acusados de robo frustrado, ya que no tuvieron la oportunidad de disponer de la mercancía.
Por qué no hay robo frustrado
Ante este Tribunal se encuentra un recurso de apelación contra la Decisión1 de fecha 3 de noviembre de 2017, del Tribunal de Apelaciones (CA) en CA-G.R. CR H.C. No. 08721, donde el CA confirmó la Decisión2 de fecha 17 de agosto de 2016 del Tribunal Regional de Primera Instancia (RTC) de Pasay City, Sucursal 118, en el Caso Penal No. R-PSY-14-08614-CR a R-PS Y-14-08627-CR que condenó a Yolanda Santos y Parajas (acusada-apelante) por robo calificado.
Asimismo, la acusada-apelante alegó que hubo ocasiones en las que se utilizaron recibos de acuse de recibo en lugar de recibos oficiales para fines fiscales. Afirmó que Reblando también le instruyó para que hiciera “ventanilla”, lo que significa que todos los pagos realizados después de la muerte del Engr. Dejon se hicieron para aplicar a los que éste no remitió. Por último, la acusada-apelante alegó que Dasman Realty interpuso las presentes causas penales contra ella sólo porque sabía de la implicación de los propietarios de Dasman Realty en la emboscada de su socio comercial.
El 17 de agosto de 2016,30 en la causa penal núm. R-PSY-14-08614-CR a R-PSY-14-08627-CR, el RTC de Pasay City, sucursal 118, dictó sentencia condenando a la acusada-apelante por robo calificado, cuya parte dispositiva dice:
¿Existe un delito de robo frustrado
La cuestión principal en la apelación es si un acusado penal puede ser debidamente condenado por tentativa de robo a partir de pruebas que establezcan un robo frustrado. Nos obliga a considerar si el fracaso es un elemento esencial de la tentativa de delito, tal como se define en la sec. 939.32, Stats. El tribunal de apelaciones determinó que la no consumación del delito era un elemento necesario de la tentativa penal y, al encontrar pruebas suficientes de un robo consumado en el presente caso, anuló la condena. Revocamos la sentencia.
Kenneth Berry fue acusado de tentativa de robo en violación de los arts. 943.20 y 939.32, Stats., en relación con un incidente ocurrido en la tarde del 31 de enero de 1976 en la tienda de ropa Rupert Cornelius en Madison, Wisconsin. La denuncia penal alegaba que Berry intentó intencionadamente “llevarse” un abrigo de cuero marrón valorado en 230 dólares sin consentimiento y con la intención de privar permanentemente al propietario de su posesión.[2] Tras un retraso de casi un año ocasionado por la *320 desaparición del acusado, éste fue juzgado por un jurado; fue declarado culpable de tentativa de robo según los cargos de la información; y condenado a una pena de prisión indeterminada de no más de un año, menos el crédito por encarcelamiento previo a la condena.
Ejemplo de robo frustrado
ARTÍCULO 2. Aplicación de sus disposiciones. – 1. Salvo lo dispuesto en los tratados y leyes de aplicación preferente, las disposiciones de este Código se aplicarán no sólo dentro del Archipiélago Filipino, incluyendo su atmósfera, sus aguas interiores y zona marítima, sino también fuera de su jurisdicción, contra quienes:
2. Por cualquier persona que realice un acto que constituya un delito contra las personas o la propiedad, si no fuera por la imposibilidad inherente de su realización o por el empleo de medios inadecuados o ineficaces.
ARTÍCULO 5. Deber del tribunal en relación con actos que deben ser reprimidos pero que no están contemplados en la ley, y en casos de penas excesivas. – Cuando un tribunal tenga conocimiento de algún acto que considere oportuno reprimir y que no esté penado por la ley, dictará la resolución correspondiente, e informará al Jefe del Ejecutivo, a través del Departamento de Justicia, de las razones que le llevan a creer que dicho acto debe ser objeto de legislación penal.