¿Cuándo es un delito continuado?

Qué es un delito continuado

Normalmente, el plazo de prescripción comienza a correr en la fecha en que se completa el delito. Véase Toussie v. United States, 397 U.S. 112 (1970). Algunos delitos, por su naturaleza, tienen atributos de no finalidad y se denominan delitos continuos. Por ejemplo, los delitos de posesión de contrabando son delitos continuados. Von Eichelberger v. United States, 252 F.2d 184 (9th Cir. 1958). La fuga de la custodia federal es un delito continuado, véase United States v. Bailey, 444 U.S. 394 (1980), al igual que la conspiración, véase este Manual en 652.

La conclusión de que un delito es un delito continuado es desfavorable. Se debe encontrar que “el lenguaje explícito del estatuto penal sustantivo obliga a tal conclusión, o que la naturaleza del delito involucrado es tal que el Congreso debe haber tenido la intención de tratarlo como un delito continuado”. Toussie, supra, en 115.

¿Es el robo un delito continuado?

Salvo que el Congreso disponga expresamente lo contrario, cualquier delito contra los Estados Unidos que se inicie en un distrito y se complete en otro, o que se cometa en más de un distrito, podrá ser investigado y procesado en cualquier distrito en el que se haya iniciado, continuado o completado dicho delito. Cualquier delito que implique el uso de los correos, el transporte en el comercio interestatal o extranjero, o la importación de un objeto o persona a los Estados Unidos es un delito continuado y, salvo que el Congreso disponga expresamente lo contrario, puede ser investigado y enjuiciado en cualquier distrito desde, a través de o hacia el que se desplace dicho comercio, el correo o el objeto o persona importados.

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No obstante lo dispuesto en el apartado (a), cuando un delito se describa en el artículo 7203 del Código de Impuestos Internos de 1986, o cuando el lugar de enjuiciamiento de un delito descrito en el artículo 7201 o 7206(1), (2) o (5) de dicho Código (independientemente de que el delito también se describa en otra disposición legal) se base únicamente en un envío postal al Servicio de Impuestos Internos, y el procesamiento se inicia en un distrito judicial distinto del distrito judicial en el que reside el acusado, éste podrá, previa moción presentada en el distrito en el que se inicia el procesamiento, optar por ser juzgado en el distrito en el que residía en el momento en que se cometió el presunto delito: Siempre que la moción se presente dentro de los veinte días siguientes a la comparecencia del acusado ante la acusación o la información.

Lista de delitos continuados

Este artículo es el primero que analiza de forma exhaustiva la relación entre la doctrina de los delitos continuados y la prescripción penal. La doctrina del delito continuado es una poderosa herramienta para los fiscales que se enfrentan a problemas de prescripción. Funciona para retrasar la prescripción de ciertos delitos, posponiendo la realización de los mismos. Para que se aplique la doctrina, un tribunal debe concluir que un delito concreto es un “delito continuado” a efectos de prescripción. Identificar qué delitos son continuos ha sido un ejercicio problemático para los tribunales federales, lo que ha dado lugar a un número creciente de enfoques contradictorios y a divisiones en los circuitos. Además, los tribunales están empleando la doctrina del delito continuado con creciente frecuencia, sometiendo a juicio conductas que de otro modo habrían prescrito y aumentando el riesgo de violación de los derechos del acusado, como el enjuiciamiento basado en pruebas obsoletas. Este artículo examina las deficiencias de la doctrina del delito continuado y su potencial de uso indebido en el contexto de la prescripción, y ofrece soluciones para reformar la doctrina y restaurar el orden en lo que se ha convertido en un área caótica de la jurisprudencia.

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Delito continuado frente a delito continuado

En dos casos distintos, el Estado acusó al acusado de múltiples cargos de fraude en las comunicaciones y de un cargo de patrón de actividad ilícita. El tribunal de distrito (1) desestimó el primer caso por motivos de prescripción tras concluir que el fraude en las comunicaciones no es un delito continuado; y (2) desestimó el segundo caso por ser un intento indebido de procesar al acusado por el mismo delito sustantivo que en el caso anterior. El Estado recurrió ambos casos. El Tribunal Supremo confirmó la desestimación de ambos casos, sosteniendo que (1) en el primer caso, el plazo de prescripción había prescrito para los delitos imputados; y (2) en el segundo caso, el Estado no impugnó por separado la desestimación del tribunal de distrito, y por lo tanto, también se confirma la desestimación del segundo caso.