¿Cuáles son los delitos especiales en el Código Penal peruano?

Países en los que matar es legal

Delitos informáticosArtículo 208-A. El que ingrese o utilice indebidamente una base de datos, sistema o red informática, o cualquier parte de ella, para diseñar, implementar, copiar o modificar un esquema o elemento similar, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de dos años o con la prestación de servicios comunitarios de cincuenta y dos a ciento cuatro días.Si el agente actúa con el propósito de defraudar u obtener un beneficio económico (bienes o información), será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o con la prestación de servicios comunitarios en una cantidad no menor de ciento cuatro días.

Artículo 208-B. El que indebidamente interfiera, utilice, modifique, dañe o destruya un medio o programa de cómputo o información en tránsito o contenida en éste o en la base, sistemas o red, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años y con sesenta a noventa días multa.

Intrusión en la vivienda

Al igual que la mayoría de los países de la región latinoamericana, Perú aún no ha adoptado una estrategia nacional de ciberseguridad ni políticas relacionadas con la lucha contra la ciberdelincuencia. El Gobierno de Perú ha participado activamente en el marco de la Estrategia Interamericana para Combatir las Amenazas a la Ciberseguridad de la Organización de Estados Americanos (OEA).

Perú es uno de los pocos países de América Latina que cuenta con una ley independiente que castiga y sanciona el ciberdelito (Ley 30096 de Delitos Informáticos), vigente desde octubre de 2013 y posteriormente modificada por la Ley N° 30171, de fecha 10 de marzo de 2014 y que adopta -en cierta medida- algunas de las disposiciones de derecho sustantivo del Convenio de Budapest.

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Mediante el Decreto Supremo N° 010-2019-RE, de fecha 10 de marzo de 2019, el Gobierno peruano ratificó el Convenio de Budapest. Este Convenio fue publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha 22 de septiembre de 2019 y en él se señala que la fecha de su entrada en vigor es el 01 de diciembre de 2019.

Discriminación racial, religiosa, sexual, genética, por edad, por discapacidad, por idioma, por identidad étnica y cultural, por vestimenta, por opinión política o por condición económica a través de las tecnologías de la información y la comunicación (Art. 323 del Código Penal)

Perú golpea a una mujer

La ley impondrá penas de cárcel de distinta duración según el tipo de información a la que se acceda o las actividades que se realicen. Los que intercepten ilícitamente datos informáticos se enfrentarán a penas de hasta seis años de cárcel, diez si la información es clasificada. Los que utilicen Internet para hacer proposiciones sexuales a menores recibirán penas de hasta ocho años, y los que distribuyan pornografía infantil, hasta 12 años. La usurpación de identidad, incluida la suplantación de identidad y la clonación de tarjetas, tendrá una pena de hasta cinco años.

La ley también se dirigirá a quienes proporcionen o creen equipos para que otras personas cometan ciberdelitos, informó El Peruano. Las leyes existentes tenían 15 años y necesitaban ser actualizadas, y los jueces se habían quejado de que no eran lo suficientemente claras, dijeron los abogados al periódico.

La ciberdelincuencia se ha convertido en un problema importante en América Latina, ya que más de la mitad de las empresas denunciaron algún tipo de ataque en 2012. El malware -programa informático utilizado para entrar y dañar o interrumpir los sistemas informáticos- es un problema particular. Un estudio publicado a principios de este año que analizó 20 de los 32 miembros de la Organización de Estados Americanos encontró que los incidentes de cibercrimen habían aumentado entre un 8 y un 40 por ciento en diferentes naciones de 2011 a 2012.

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Parricidio

Los artículos 108 a 108-C del Código Penal de Perú definen delitos similares a los conocidos como asesinato en los países anglófonos. El término asesinato ya no se utiliza en el Código Penal desde 2014.

Históricamente, el homicidio calificado había sido uno de los únicos delitos sujetos a la pena capital en Perú. La Constitución de 1856 abolió la pena de muerte para todos los delitos, pero cuatro años después el artículo 16 de la Constitución de 1860 la restableció únicamente para el delito de homicidio calificado[2] La Ley de 11 de mayo de 1861 definió quince circunstancias en las que un asesinato constituiría el delito de homicidio calificado, siguiendo de cerca la definición del artículo 15 del Código Penal de 1859. [3] El artículo 232 del Código Penal de 1862 restringió la pena a cinco circunstancias, aunque un artículo separado también imponía la pena de muerte por el delito de parricidio, que había sido incluido previamente como homicidio calificado en la ley de 1861[4] El artículo 15 de la Constitución de 1867 volvió a abolir la pena capital, pero sólo estuvo en vigor brevemente antes de que se restableciera la Constitución de 1860[5].