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Características del derecho pdf
El curso también ofrecerá oportunidades de creación de redes e intercambio entre los participantes. Diversos ejercicios y debates en pequeños grupos promoverán un alto nivel de interactividad y proporcionarán mayores oportunidades de aprendizaje.
El programa está dividido en dos módulos para ofrecerle flexibilidad a la hora de adaptar el curso a sus necesidades. Puede asistir a cada módulo por separado. Si prefiere asistir sólo a uno de los módulos, haga clic en el Módulo 1 o en el Módulo 2.
¿Cómo le ayudará? Antes del evento, se le dará acceso a los materiales del curso en nuestra plataforma digital de aprendizaje. Allí también encontrará un breve cuestionario, que nos ayudará a identificar cualquier pregunta específica que pueda tener para poder considerar el mayor número posible de ellas durante el curso.
Este curso tendrá lugar como un evento híbrido, lo que da a los participantes la posibilidad de participar de forma presencial o en línea a través de una transmisión en vivo. En la sección del formulario de inscripción Información adicional | Notas de pedido, añada si participará en persona o en línea
Características de las normas jurídicas
Iustitia (“Señora Justicia”) es una personificación simbólica del poder coercitivo de un tribunal: una espada que representa la autoridad del Estado, una balanza que representa una norma objetiva y una venda que indica que la justicia debe ser imparcial[1].
Pero, después de todo, ¿qué es una ley? Cuando digo que el objeto de las leyes es siempre general, quiero decir que el derecho considera a los sujetos en masa y a las acciones en abstracto, y nunca a una persona o acción en particular. Desde este punto de vista, vemos enseguida que ya no se puede preguntar a quién corresponde hacer las leyes, puesto que son actos de la voluntad general; ni si el príncipe está por encima de la ley, puesto que es un miembro del Estado; ni si la ley puede ser injusta, puesto que nadie es injusto consigo mismo; ni cómo podemos ser a la vez libres y sujetos a las leyes, puesto que no son más que registros de nuestras voluntades.
Ha habido varios intentos de elaborar “una definición universalmente aceptable del derecho”. En 1972, el barón Hampstead sugirió que no se podía elaborar tal definición[30]. McCoubrey y White dijeron que la pregunta “¿qué es el derecho?” no tiene una respuesta sencilla[31]. Glanville Williams dijo que el significado de la palabra “derecho” depende del contexto en el que se utiliza esa palabra. Dijo que, por ejemplo, el “derecho consuetudinario primitivo” y el “derecho municipal” eran contextos en los que la palabra “derecho” tenía dos significados diferentes e irreconciliables[32] Thurman Arnold dijo que es obvio que es imposible definir la palabra “derecho” y que también es igualmente obvio que no se debe abandonar nunca la lucha por definir esa palabra[33] Es posible adoptar la opinión de que no es necesario definir la palabra “derecho” (por ejemplo, “olvidémonos de las generalidades y vayamos a los casos”)[34].
Qué es la ley
Este curso le proporcionará los conocimientos necesarios para analizar la teoría del derecho internacional de los recursos naturales y su aplicación práctica a través de una evaluación crítica de la bibliografía pertinente y de la jurisprudencia de las cortes y tribunales internacionales.
El curso comienza abordando la noción fundamental y las cuestiones generales del derecho internacional de los recursos naturales y, a continuación, examina algunas cuestiones específicas relacionadas con la gestión de los recursos naturales. El curso también abarca el derecho internacional de la energía y el Tratado de la Carta de la Energía, así como las políticas energéticas y climáticas de la Unión Europea.
Cuáles son las características de las normas
El apartado 2 del artículo 3 del Tratado de la Unión Europea (TUE). Cabe señalar que este artículo, que establece los objetivos fundamentales de la UE, concede mayor importancia a la creación de un espacio de libertad, seguridad y justicia (ELSJ) que el anterior Tratado de Niza, ya que este objetivo se menciona ahora incluso antes que el de establecer un mercado interior.
Además de estas disposiciones, hay que mencionar otros artículos inextricablemente vinculados a la creación de un ELSJ. Se trata del artículo 6 del TUE, relativo a la Carta de los Derechos Fundamentales y al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales[3], del artículo 8 del TFUE, relativo a la eliminación de las desigualdades, del artículo 15, apartado 3, del TFUE, relativo al acceso a los documentos de las instituciones, del artículo 16 del TFUE, relativo a la protección de los datos personales[4], y de los artículos 18 a 25 del TFUE, relativos a la no discriminación y a la ciudadanía de la Unión[5]. Pero el TFUE también ha introducido una serie de “cláusulas de freno” para cuando un Estado miembro considere que un proyecto de ley afectaría a aspectos fundamentales de su sistema de justicia penal (artículo 82, apartado 3, del TFUE), y normas mínimas comunes relativas a la definición de las infracciones penales y las sanciones para los delitos especialmente graves con dimensión transfronteriza (artículo 83, apartado 3, del TFUE). El funcionamiento en la práctica es el siguiente: Se presenta un proyecto de directiva al Consejo Europeo y se suspende el procedimiento legislativo ordinario. Si se alcanza un consenso, el Consejo Europeo, en un plazo de cuatro meses, devuelve el proyecto al Consejo, que pone fin a la suspensión del procedimiento legislativo ordinario.