¿Cuáles son las garantías procesales?

Cómo explicar las garantías procesales a los padres

Sólo en el caso de una evaluación inicial, el administrador del caso debe enviar a los padres una copia de las Salvaguardias Procesales con la Remisión para Educación Especial, o a más tardar, con el Plan de Evaluación inicial. Si el personal del Distrito determina que el estudiante no tiene un área de sospecha de discapacidad y por lo tanto no será evaluado, las Salvaguardias Procesales deben ser enviadas a los padres con la Notificación Previa por Escrito. La Oficina de Debido Proceso enviará las Salvaguardias Procesales a los padres que presenten una queja o una solicitud de audiencia de debido proceso.

Aunque no es necesario proporcionar las Salvaguardias Procesales a los padres antes de cada reunión del IEP, el administrador del caso debe comprobar con los padres que han recibido una copia de las Salvaguardias Procesales.    Si los padres no tienen una copia, el administrador del caso debe asegurarse de que los padres reciban una.

Los padres sólo deben recibir copias de las Salvaguardias Procesales completas que se encuentran en los Formularios/Enlace.    Las versiones en inglés, español, vietnamita, tagalo, somalí y camboyano del Aviso de Garantías Procesales están disponibles en Formularios/Enlaces.

Hoja de trucos de las garantías procesales

A primera vista, puede parecer un tema árido, con largas explicaciones y términos complicados. Las salvaguardias procesales informan a los padres sobre los derechos y las protecciones disponibles en virtud de la Ley de Educación para Personas con Discapacidades de 2004 (IDEA). Las garantías procesales son los DERECHOS que tienen las personas y que las protegen en sus interacciones con los gobiernos federal, estatal y local.

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Cuando usted conoce sus derechos, puede ser un participante igualitario en el proceso del Plan de Servicio Familiar Individualizado/Programa de Educación Individualizado (IFSP/IEP), y sabe cómo estar en desacuerdo cuando algo no está funcionando.

Las garantías de procedimiento forman parte de la ley federal que ordena los servicios de educación especial y de intervención temprana, la Ley de Educación para Personas con Discapacidades (IDEA). Los servicios para niños menores de 3 años figuran en la parte C de IDEA. Los servicios para los niños mayores de 3 años figuran en la Parte B de IDEA. Los servicios en Michigan están cubiertos por las Reglas Administrativas de Michigan para la Educación Especial (MARSE).

Salvaguardias procesales pdf

La Ley de Educación para Personas con Discapacidades (IDEA) proporciona garantías de procedimiento que ayudan a guiar a los padres y a los niños para que estén protegidos en el acceso a la Educación Pública Gratuita y Apropiada (FAPE). Conozca los detalles de estos derechos y salvaguardias que permiten a los niños aprender en el entorno menos restrictivo (LRE).

Salvaguardias procesales e IDEACuerda alguna vez que haya tenido que defender sus derechos o los de otra persona? ¿Cómo de difícil fue esa situación? ¿Tenías los recursos y la información que necesitabas? Los padres de un niño con discapacidad a menudo se ven obligados a defender lo que es mejor para su hijo. Las garantías procesales que se describen en esta lección ayudan a los padres a hacerlo proporcionándoles una guía de los derechos que tienen en virtud de la Ley de Educación para Personas con Discapacidades (IDEA).

Idea de garantías de procedimiento

Participar en las evaluaciones de su hijo y elaborar un plan de intervención son tareas que intimidan a la mayoría de los padres. Muchos padres se sienten abrumados por el proceso y pueden sentir que no tienen los conocimientos y las habilidades necesarias para ser un miembro contribuyente del equipo del Programa de Educación Individualizada (IEP). Sin embargo, los padres son expertos en sus hijos y tienen mucho que aportar al proceso, aunque les parezca extraño.

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La ley federal, la Ley de Educación para Personas con Discapacidades (IDEA), establece directrices que deben seguirse para garantizar que los padres participen activamente en las evaluaciones y los planes de intervención de sus hijos. Estas directrices se denominan “garantías procesales” y existen en todos los estados. Las Salvaguardias Procesales garantizan que los padres (o el alumno, si éste ha alcanzado la mayoría de edad en el estado -normalmente los 18 años-) sean notificados de sus derechos dentro del sistema de educación especial.

Para ayudar a educar a los padres y a los alumnos sobre sus derechos, las escuelas deben proporcionar a los padres un Aviso de Salvaguardias Procesales al menos una vez al año. Deben proporcionarse avisos adicionales siempre que se remita a un estudiante para una evaluación inicial, cuando un padre solicite una nueva evaluación, en el momento en que se presente una queja de debido proceso o siempre que un padre o estudiante solicite una copia. El aviso debe explicar cómo un padre puede presentar y resolver quejas relacionadas con el proceso de educación especial, incluyendo la opción de mediación voluntaria. El aviso de garantías procesales varía de un estado a otro. Sin embargo, las protecciones reales contenidas en el aviso no pueden conferir menos derechos a los padres y a los alumnos que los previstos en la ley IDEA.