¿Cuál es el elemento subjetivo del delito?

Ejemplos de delitos subjetivos

El derecho penal francés se caracteriza por muchos rasgos particulares, que lo diferencian no sólo de los sistemas de common law, sino también de otros países de la Europa continental. La Mens Rea del delito también es bastante peculiar. A diferencia del derecho penal georgiano, en el derecho francés, el motivo y la finalidad del delito no se consideran parte del elemento subjetivo del corpus delicti, mientras que el dolus eventualis no se considera una forma de intención; en los delitos acompañados de consecuencias secundarias, así como en los casos en los que el principal delincuente actúa más allá de la intención común, así como en las denominadas contravenciones, pueden estar presentes elementos de imputación objetiva.

Cuáles son los 5 elementos del delito

Mens rea (/ˈmɛnz ˈreɪə/; en latín significa “mente culpable”) es el elemento mental de la intención de una persona de cometer un delito; o el conocimiento de que su acción o falta de acción causaría la comisión de un delito. Es un elemento necesario para muchos delitos.

La prueba estándar del derecho común sobre la responsabilidad penal se expresa en la frase latina actus reus non facit reum nisi mens sit rea, es decir, “el acto no es culpable a menos que la mente sea culpable”[1] Como regla general, alguien que actuó sin culpa mental no es responsable en derecho penal. Las excepciones se conocen como delitos de responsabilidad objetiva. Además, cuando una persona tiene la intención de causar un daño, pero debido a la mala puntería u otra causa, la intención se transfiere de una víctima prevista a una víctima no prevista, el caso se considera de intención transferida[2]: 63-64

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En derecho civil, no suele ser necesario probar un elemento mental subjetivo para establecer la responsabilidad por incumplimiento de contrato o agravio, por ejemplo. Pero si se comete intencionadamente un agravio o se incumple intencionadamente un contrato, dicha intención puede aumentar el alcance de la responsabilidad y los daños pagaderos al demandante.

Imprudencia subjetiva y objetiva

La cuestión en esta sesión no es cuáles son los distintos requisitos de mens rea, sino si se requiere una mens rea concreta para un determinado delito. En otras palabras, se habla sobre todo de la dimensión constitucional de la mens rea, mientras que la siguiente sesión se ocupará de su aplicación práctica en el derecho penal.

Para comprender intuitivamente lo que está en juego, imaginemos, por ejemplo, que existiera un delito de “robo por negligencia” en el que una persona pudiera ser condenada por robo porque “una persona razonable hubiera sabido” que la propiedad no era suya. Si esto le parece extraño, es porque lo es: normalmente entendemos que el robo, y el particular estigma que conlleva, designa a las personas que toman a sabiendas una propiedad que no es suya. Al castigar a las personas que sólo toman por negligencia una propiedad que no les pertenece, estaríamos ampliando considerablemente el alcance del delito de robo de forma problemática. Por ejemplo, podría diluir el valor disuasorio de la prohibición del robo al “trivializar” el delito. O podría generar cinismo y desprecio por la ley para aquellos que han sido condenados por robo por negligencia y piensan que lo que han hecho es mucho menos censurable que las personas que realmente se han propuesto robar.

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Elementos del delito

En el último año, he detectado un tema en los casos penales resueltos por el Tribunal Supremo de Canadá: ¿el derecho penal tiene una base objetiva o subjetiva? Se trata de un argumento crucial y tradicional que afecta a casi todos los aspectos de una acusación penal, incluido el elemento mental o mens rea de un delito y las defensas del derecho penal. En otras palabras, esta cuestión o debate afecta a todos los ámbitos del derecho penal sustantivo y, por lo tanto, es fundamental para nuestra comprensión del derecho y la aplicación adecuada y justa de la ley.

Dado que el castigo es el resultado final de una declaración de culpabilidad en un caso penal, el criterio de evaluación de la conducta del acusado es de vital importancia. De hecho, es el núcleo de la presunción de inocencia, ya que proporciona las herramientas por las que un juzgador, ya sea un juez o un jurado, decide si el fiscal ha probado el caso más allá de toda duda razonable.

La cuestión de la mens rea subjetiva/objetiva pasó a primer plano tras la aplicación de la Carta de Derechos y Libertades. El artículo 7 de la Carta exige que nadie se enfrente a una pérdida de libertad si no es de acuerdo con los principios de la justicia fundamental. Remontándose a la presunción de inocencia, el artículo 7 parecía exigir una condena basada en la mens rea subjetiva o la conciencia individual del riesgo de su conducta. En una serie de casos de finales de la década de 1980 y de la década de 1990, el Tribunal Supremo de Canadá se mostró de acuerdo, pero también en desacuerdo. El Tribunal estuvo de acuerdo en que ciertos delitos tradicionales, como el asesinato y el robo, que atraen un gran estigma social tras la condena (uno es tachado de asesino o ladrón), requieren una responsabilidad subjetiva. Sin embargo, otros delitos, en particular los que exigen un deber de cuidado, como en las actividades autorizadas de conducción, sólo requieren una responsabilidad objetiva.