¿Cómo citar el Código penal mexicano?

Leyes de México en español

…si ignoramos a nuestros antepasados, cómo pensaban, sentían y actuaban, nos encontraremos vencidos en nuestra propia tierra y pereceremos en las raíces profundamente enmarañadas que impiden nuestra resistencia a los asaltos de pueblos más unidos, con aspiraciones más homogéneas y conscientes de su historia.Miguel Macedo2

Nuestra [legislación] después de casi treinta años de revolución, no sólo de las armas, sino de las costumbres, del gobierno y de la hacienda, sufre más que nada de la complicación, diversidad e incertidumbre de las leyes… [que] retardan la administración de justicia, dificultan la respuesta y la capacidad de las autoridades, e impiden la investigación de los casos…18.

¿qué benevolencia pueden sentir [castas e indios] hacia los ministros de la ley que sólo ejercen la autoridad para enviarlos a la cárcel, a la picota, al presidio o a la horca? ¿Qué lazos pueden unir a estas clases con un gobierno cuya protección son incapaces de comprender19 ?

12 En una época de violencia política que exacerbaba los temores de las élites a la movilización popular, tales advertencias parecían premonitorias; la necesidad de reformar el derecho penal era dolorosamente obvia. “La legislación penal -aconsejaba el colega liberal de Mora, Manuel Otero- es al mismo tiempo el fundamento y la prueba de las instituciones sociales”. Y, aunque reconocía la inevitabilidad del delito, sostenía que el legislador consciente ” necesita demostrar su genio venciendo las malas inclinaciones, poniendo a los hombres en el camino del deber… gobernando la sociedad, empujándola hacia el bien, guiándola hacia la perfección “20. Para Otero, unas buenas leyes penales no sólo reprimirían al delincuente, sino que instruirían al ciudadano potencial, asegurando así su aceptación popular, requisito necesario para el progreso social en una república democrática moderna.

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Legalbluebook

El Diario Oficial de la Federación es similar al Registro Federal de los Estados Unidos, pero también contiene toda la nueva legislación federal y la que se aplica al Distrito Federal y a los estados. El Diario también contiene anuncios importantes, avisos, decretos, resoluciones, licitaciones, propuestas de normas y reglamentos, y proyectos y normas definitivas emitidas por el gobierno mexicano y sus organismos.

Como sistema de derecho civil, el derecho mexicano está organizado en códigos. En la biblioteca están disponibles versiones en español y traducciones al inglés de varios códigos mexicanos. A continuación se presentan algunos de los códigos más importantes. Cuando busque los códigos tenga en cuenta que el formato de la fecha será día, mes (por ejemplo, 5/6 es 5 de junio, no 6 de mayo).

Código civil mexicano

En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos que otorga esta Constitución y los tratados internacionales suscritos por el Estado mexicano, así como de las garantías para su protección. Dichos derechos humanos no podrán ser restringidos ni suspendidos, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta misma Constitución establece.

Las disposiciones relativas a los derechos humanos se interpretarán conforme a esta Constitución y a los tratados internacionales en la materia, obrando en todo momento a favor de la protección más amplia de las personas.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, están obligadas a promover, respetar, proteger y garantizar los Derechos Humanos, de acuerdo con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado debe prevenir, investigar, sancionar y rectificar las violaciones a los Derechos Humanos, conforme a la ley.

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Se prohíbe cualquier forma de discriminación, basada en el origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones médicas, la religión, las opiniones, la orientación sexual, el estado civil, o cualquier otra forma, que atente contra la dignidad humana o busque anular o disminuir los derechos y libertades de las personas.

Jurisdicciones extranjeras

I. Por los delitos que se inicien, preparen o cometan en el extranjero, cuando produzcan o se pretenda que tengan efectos en el territorio de la República; o bien, por los delitos que se inicien, preparen o cometan en el extranjero, siempre que se prevea la obligación de extraditar o juzgar, para que se actualicen los requisitos establecidos en el artículo 4. de este Código y no se extradite al probable responsable al Estado que lo requirió, y

II.- Los ejecutados a bordo de un buque de guerra nacional que navegue en puerto o en aguas territoriales de otra nación. Esto se extiende al caso de que el buque sea mercante, si el delincuente no ha sido juzgado en la nación a la que pertenece el puerto;

III.- Los cometidos a bordo de un buque extranjero en puerto nacional o en aguas territoriales de la República, si la tranquilidad pública o si el infractor o el ofendido no son de la tripulación. En caso contrario, se procederá conforme al derecho de reciprocidad;

Artículo 6o.-Cuando se cometa un delito no previsto en este Código, pero si en una ley especial o en un tratado internacional de observancia obligatoria en México, se aplicarán tomando en cuenta las disposiciones del Libro Primero de este Código y, en su caso, las conducentes del Libro Segundo.